Universidad Marista de Mérida Biblioteca

Reglamento de la Biblioteca

Biblioteca H.M. Pablo Agustín Aguilar Aguilar. Normas, derechos y servicios para toda la comunidad usuaria. En vigor desde el 10 de octubre de 2019.

Generalidades

Art. 1

Este documento tiene como finalidad normalizar los servicios que se brindan en la Biblioteca H.M. Pablo Agustín Aguilar Aguilar para lograr satisfacer con calidad y excelencia las necesidades de información de la comunidad usuaria, al garantizar el acceso a los recursos de información disponibles.

Art. 2

Es compromiso de la comunidad usuaria de la Biblioteca de la Universidad Marista de Mérida tener un comportamiento digno y de respeto dentro y fuera del inmueble en el que se encuentra.

Art. 3

El usuario es el responsable del uso de la credencial que lo acredita como parte de la comunidad Marista; en caso de pérdida deberá informar a Biblioteca.

Art. 4

Todo trámite en la biblioteca es personal e intransferible.

Los usuarios

Art. 5

Usuarios internos. Son alumnos, tesistas, profesores y personal administrativo vinculados con la Universidad Marista de Mérida y que tendrán derecho a los servicios que ofrece la biblioteca.

Art. 6

Usuarios externos. Son aquellas personas ajenas a la Universidad Marista de Mérida y que requieren consultar documentos contenidos en el acervo general. Deben acatar las normas de comportamiento del área, como realizar el registro correspondiente, mostrar su identificación y cuidar del material disponible en la Biblioteca.

Art. 7

La duración del servicio de préstamo a domicilio a los tesistas concluye al término de su trabajo recepcional.

Derechos de los usuarios

Art. 8

Ser atendido con profesionalismo.

Art. 9

Hacer uso de los recursos disponibles (mobiliario, equipo de cómputo y servicios).

Art. 10

Recibir el préstamo externo con base en la siguiente tabla:

Préstamo externo por tipo de usuario
UsuarioMaterialesPréstamoRenovaciones
Licenciatura46 días naturales1
Maestría66 días naturales1
Doctorado1030 días naturales1
Docentes1014 días naturales1
Tesista66 días naturales1
Administrativos514 días naturales1
Investigadores1030 días naturales1

Cada usuario tiene derecho a pedir una renovación o tiempo de prórroga en caso de requerirlo.

Art. 11

Los libros de reserva o ejemplares 1 se prestarán solo para fotocopias por un lapso no mayor a 120 minutos (2 horas). El préstamo a domicilio de estos materiales podrá ser a partir de las 21:00 horas y los sábados después de las 14:00 horas; la devolución tiene que ser al siguiente día hábil, antes de las 9:00 horas.

Art. 12

Todos los usuarios tienen derecho de solicitar una renovación por el mismo periodo de tiempo, siempre y cuando el material no se encuentre reservado por otro usuario. Los perfiles de maestría, doctorado, docentes e investigadores podrán solicitar la renovación de las siguientes formas:

  • En el módulo de circulación: presentar el material documental en préstamo, solicitar el servicio y presentar su identificación.
  • Por vía telefónica, en horario de servicio.

Obligaciones de los usuarios

Art. 13

Tener un comportamiento digno y disciplinado dentro y fuera de las instalaciones de la Biblioteca, contribuyendo con ello a conservar un ambiente de respeto con toda la comunidad usuaria.

Art. 14

Abstenerse de utilizar lenguaje soez, ofensivo u obsceno, así como de hablar en voz alta dentro del edificio de la Biblioteca.

Art. 15

Utilizar de manera correcta los recursos bibliográficos (evitar doblar las hojas, hacer anotaciones o mutilar), instalaciones, mobiliario o equipo de cómputo.

Art. 16

Verificar el estado físico del material documental que solicita a préstamo a domicilio e informar al personal bibliotecario cualquier anomalía para evitar llamadas de atención.

Art. 17

Tener en la mesa de trabajo como máximo cinco obras y, una vez terminada su consulta, depositarlas en el lugar destinado para ello, para su lectura (uso interno) por el personal bibliotecario.

Art. 18

Queda prohibido fumar y comer dentro de las instalaciones de la Biblioteca.

Art. 19

Evitar abandonar sus pertenencias en los espacios de estudio o dejarlas por tiempo prolongado en el mobiliario de Biblioteca.

Art. 20

Mostrar su credencial o identificación cuando el personal de la Biblioteca así lo solicite.

Art. 21

Mostrar sus pertenencias cuando el personal lo requiera por cuestiones de seguridad.

Art. 22

Desocupar la biblioteca por motivos de disciplina, orden y/o seguridad cuando se les indique.

Art. 23

Evitar realizar cualquier tipo de prácticas diferentes a las relacionadas con el estudio dentro de las instalaciones de la Biblioteca.

Art. 24

Realizar la devolución del material documental en calidad de préstamo en las fechas indicadas, para evitar la sanción correspondiente (artículo 34). Préstamo y devolución:

  • Lunes
  • Martes
  • Miércoles
  • Jueves
  • Viernes
  • Sábado
Art. 25

Es necesaria la identificación del usuario al solicitar los servicios bibliotecarios.

Servicios

Art. 26

La biblioteca ofrece los siguientes servicios:

Orientación
Ayuda que se proporciona al usuario sobre el uso y manejo de los recursos documentales, con el fin de satisfacer necesidades de información.
Consulta
Orientación personalizada y/o colectiva que se da a los usuarios utilizando materiales generales y especializados.
Internet inalámbrico
Consulta de información a través de la web; otra alternativa para buscar y satisfacer necesidades de información en formatos no impresos.
Catálogo automatizado
Facilita la búsqueda y localización de los materiales documentales que existen en la Biblioteca.
Sala de lectura
Área de estudio donde el usuario podrá interactuar con otros usuarios y desarrollar actividades académicas.
Cubículos de estudio
Espacios a disposición del usuario para facilitar el proceso de enseñanza-aprendizaje, en un ambiente de estudio acorde a su necesidad (consultar políticas de uso).
Reservación de material
El usuario podrá apartar hasta dos títulos en demanda para solicitarlos en préstamo a domicilio.
Art. 27

El servicio de préstamo solo se brinda en dos modalidades:

  • Interno: utilización de los materiales documentales dentro de las instalaciones de la Biblioteca.
  • Externo: utilización de los materiales documentales fuera de las instalaciones de la Biblioteca.
Art. 28

Devolución: directamente en el módulo de servicios, dentro de los horarios de atención.

Calendario y horario

Art. 29

La Biblioteca, con el fin de satisfacer las necesidades de información y servicio de toda la comunidad usuaria, brinda atención en el siguiente horario:

Lunes a viernes
07:00 – 21:00
Sábado
07:00 – 15:00

Importante: el servicio de préstamo y devolución termina 5 minutos antes de la hora de cierre.

Art. 30

En los periodos intersemestrales (julio y diciembre), el acervo de la Biblioteca es revisado e inventariado para evaluar el estado físico del material documental y dar mantenimiento a los que lo requieran, por lo que el servicio de préstamo a domicilio será restringido acorde a las actividades planeadas en este periodo.

Sanciones

Art. 31

Las sanciones se tipifican de acuerdo con las siguientes categorías:

  • Sanción administrativa: llamada de atención por faltas como hablar en voz alta, tirar el mobiliario, comer dentro de las instalaciones o hacer sonar la alarma del sistema de seguridad (30 días).
  • Sanción en especie o pago en especie: el usuario pagará con el o los materiales documentales que el Coordinador de Biblioteca determine.
Art. 32

Si al usuario se le sorprende sustrayendo, robando o mutilando un material documental propiedad de la Biblioteca de la Universidad Marista de Mérida, será notificado de inmediato a su Director y Coordinador Académico para que se turne el caso a las autoridades académicas.

Art. 33

Cuando el usuario pierda, cause deterioro o mutile de forma accidental algún material documental propiedad de la Biblioteca, tendrá que reponerlo a la brevedad posible.

Art. 34

La multa vigente es de 3 días de suspensión de servicios bibliotecarios y aplica por día y por libro al usuario que devuelva material documental fuera de la fecha de entrega.

Art. 35

Al usuario que solicite material de reserva y no lo entregue en el plazo establecido se le aplicará el bloqueo de tres días por cada hora de retraso en la entrega.

Art. 36

Si el usuario maltrata mobiliario y equipo de cómputo de biblioteca, deberá reparar y, en su caso, reponer la parte afectada.

Art. 37

Si un usuario agrede física o verbalmente a compañeros, profesores o empleados de la Biblioteca de la Universidad Marista de Mérida, se notificará inmediatamente a su Director y Coordinador Académico para aplicar la sanción más pertinente.

Bajas

Art. 38

Les serán suspendidos los servicios bibliotecarios a los estudiantes que se den de baja en el semestre lectivo, ya sea temporal o definitiva.

Personal de la biblioteca

Art. 39

El Coordinador de la Biblioteca es el responsable de garantizar la prestación de los servicios estipulados en el presente reglamento.

Art. 40

Es responsabilidad del personal de la Biblioteca brindar el servicio en tiempo y forma requerido por los usuarios, empleando para ello los recursos y servicios con que cuenta la Biblioteca.

Art. 41

El personal bibliotecario adquiere el compromiso de tratar con respeto, cortesía y profesionalismo a todos los usuarios de la Biblioteca.

Art. 42

Es responsabilidad del personal de la Biblioteca orientar sobre el uso y manejo de los recursos de la misma cuando el usuario lo requiera y la demanda del servicio lo permita.

Art. 43

Es obligación del personal de Biblioteca aplicar el presente reglamento sin distinción alguna.

Transitorios

Art. 1

El solo hecho de ser considerado como usuario de la Biblioteca significa la aceptación del presente reglamento, por lo que la ignorancia del mismo no lo exime de su cumplimiento.

Art. 2

El presente reglamento entra en vigor a partir del 10 de octubre de 2019 y deroga al anterior.

Art. 3

Las conductas, sanciones o casos no previstos en este Reglamento serán resueltos por la Coordinación de Biblioteca y la Dirección de Calidad Educativa.

Documento

Descargar Abrir aparte
Cargando documento…